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PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE PARA LA CIUDADANÍA: QUÉ ES Y CÓMO SOLICITARLO

La autorización de residencia por nacionalidad pendiente se regula en el artículo 11, § 1, letra c) del Decreto Presidencial 394/1999. Según esta norma, puede expedirse a extranjeros que ya sean titulares de una autorización de residencia por otros motivos, mientras dure el proceso de concesión de la nacionalidad o el reconocimiento de la condición de apátrida.

En la práctica, quienes están esperando obtener la nacionalidad tienen derecho a permanecer legalmente en Italia hasta que concluyan los trámites. Sin embargo, la norma presupone que el extranjero ya tiene permiso de residencia por otros motivos.

En la práctica, sin embargo, el permiso de residencia por ciudadanía pendiente también se concede a los descendientes de ciudadanos italianos que soliciten la ciudadanía por vía administrativa y que no tengan ya un permiso de residencia, para más detalles lee el artículo dedicado aquí.

Permiso de residencia en espera de la nacionalidad con solicitud de ciudadanía iure sanguinis Según la normativa vigente, el permiso de residencia en espera de la nacionalidad sólo puede concederse a extranjeros que ya tengan permiso de residencia por otros motivos. Sin embargo, quienes deseen obtener la ciudadanía iure sanguinis en Italia pueden solicitar el registro civil presentando a las autoridades fronterizas el resguardo de la declaración de presencia expedida al entrar en el país.

Una vez inscritos en el registro civil, los solicitantes de la ciudadanía iure sanguinis pueden solicitar un permiso de residencia por ciudadanía pendiente en la Questura rellenando el kit postal. Esto se debe a que, con la Ley 68 de 2007, para estancias inferiores a tres meses, el permiso de residencia por motivos turísticos fue sustituido por la declaración de presencia.

Todos los que quieran obtener este permiso de residencia deben demostrar que disponen de vivienda y de medios económicos suficientes para mantenerse.

Documentos necesarios: Para solicitar un permiso de residencia por nacionalidad pendiente, es necesario cumplimentar el kit postal y enviarlo a la Questura (Jefatura de Policía) de la provincia de residencia.
Hay que adjuntar el kit postal:

  • una fotocopia de tu pasaporte o documento equivalente
  • una fotocopia del permiso de residencia anterior
  • documentos relativos al procedimiento de concesión/reconocimiento de la nacionalidad
  • documentos de la vivienda (certificado de propiedad, contrato de alquiler, declaración de hospitalidad)
  • documentos relativos a los medios económicos de subsistencia o a los ingresos que se poseen.
  • Una vez recibida la documentación, la Questura citará al interesado para completar el expediente. Durante la cita, será necesario llevar 4 fotos de carné, el pasaporte, el resguardo postal de envío de la solicitud y todos los documentos originales adjuntos a la solicitud.

¿Qué oportunidades ofrece el permiso de residencia por ciudadanía pendiente?
Los titulares de este tipo de permiso están obligados a inscribirse en el Servicio Nacional de Salud, tal como establece el artículo 34, apartado 1, letra b), del Decreto Legislativo 286/98.

Además, si se cumplen los requisitos de ingresos y vivienda (consulta el artículo 29 del Decreto Legislativo 286/98), es posible solicitar la reagrupación familiar.

¿Es posible trabajar con un permiso de residencia por ciudadanía pendiente?
Trabajar con un permiso de residencia por ciudadanía pendiente puede ser problemático debido a la falta de claridad de la ley. Según la Questura y la jurisprudencia italiana, los titulares de este tipo de permiso no pueden trabajar en Italia. Sin embargo, una vez obtenido el permiso de espera de ciudadanía, es posible convertirlo en un permiso de trabajo autónomo o subordinado.

¿Se puede convertir un permiso de ciudadanía pendiente?
Sí, el permiso puede convertirse en permiso de residencia por motivos de trabajo. Esta posibilidad fue introducida por el Decreto-Ley 130/2020, también conocido como Decreto Lamorgese.

El artículo 1 del decreto, que modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 286/98, incluye entre los permisos convertibles también los de adquisición de la ciudadanía o de la condición de apátrida, «a excepción de los casos en que el extranjero fuera titular previamente de un permiso de asilo».

Si tienes alguna pregunta o duda sobre el procedimiento del Permiso de Residencia en Espera de la Ciudadanía, no dudes en ponerte en contacto con Latinos Nel Cuore.

Nuestro equipo de expertos está aquí para ayudarte en cada paso del camino, garantizando un apoyo profesional y personalizado.

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